De acuerdo a la ley 20.537 de 2011, izar la bandera es obligatorio este 18 y 19 de septiembre.
MULTAS
Quienes no cumplan con la norma se ven expuestos a una infracción que se cursa en los juzgados de policía local de cada comuna. Las multas que establece la ley en caso de su mala utilización pueden fluctuar entre una y cinco Unidades Tributarias Mensuales (UTM), es decir, entre $52.631 y $263.155, apróx.
Algunos datos para la correcta posición de la bandera Chilena:
– Colocarla en posición correcta, al tope del mástil y no a media asta.
– En el caso de que el pabellón patrio se encuentre junto a otras banderas extranjeras, el nacional no debe ser de tamaño inferior a los demás ni ser colocado a una altura menor. Por otra parte, se debe tener en cuenta que al ser izado y arriado, se hará en primer y último lugar, respectivamente.
– La bandera tiene que ser enarbolada en un asta de color blanco, y en caso de contar con este elemento se puede colocar extendida en forma vertical u horizontal.
– El cuadro azul debe quedar en la parte superior y a la izquierda del espectador.
Foto: @Carabdechile