Este 18 y 19 de septiembre son feriados irrenunciables, por lo que el comercio tendrá sus puertas cerradas al público.

En tanto, 17 de septiembre supermercados, tiendas, oficinas y servicios del estado, culminarán antes de lo habitual sus actividades.

La ley señala que el descanso de los trabajadores deberá comenzar a más tardar a las 21:00 horas del día 17 de septiembre y finalizar a las 6:00 horas del 20 de septiembre.

Se exceptúan del feriado obligatorio e irrenunciable los trabajadores del comercio que se desempeñan en actividades como restaurantes, expendio de combustibles y farmacias de urgencia, negocios atendidos por sus propios dueños, entre otras.

En www.direcciondeltrabajo.cl se dispondrá un banner donde se podrá denunciar a quienes no respeten los feriados obligatorios.

Las multas para la empresa que no cumpla con la normativa van desde las 5 UTM ($251.610) hasta 20 UTM (1.007.440) por cada trabajador afectado por la infracción, considerando el número de trabajadores total de la empresa.